Documentación y Expediente Matrimonial para Parejas Extranjeras
Si sois una pareja extranjera y queréis casaros en Madrid, la primera pregunta suele ser qué documentos necesitáis y ante quién se tramitan. En esta página reunimos, con la fuente oficial de cada respuesta, la documentación y el trámite previo — el expediente matrimonial — que hay que completar antes de la boda.
El expediente matrimonial puede tramitarse por dos vías: ante el Registro Civil del domicilio de uno de los contrayentes, o ante notario, una vía habilitada por la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 3 de junio de 2021, que suele resultar más rápida para parejas extranjeras con plazos ajustados.
Más abajo respondemos, pregunta por pregunta y con su fuente oficial siempre visible, a las dudas más habituales sobre este trámite. Si después de leerlas seguís con preguntas sobre vuestro caso concreto, escribidnos y os ayudamos a resolverlas.
¿Buscáis un resumen rápido de los tres temas que os importan para casaros en España, o queréis pasar directamente a tipos de ceremonia y validez legal? Volved a Bodas Destino en España.
Preguntas Frecuentes
¿Qué documentos necesita una persona extranjera para casarse en España?
¿Qué es el expediente matrimonial y para qué sirve?
Fuente: BOE — Ley 20/2011, del Registro Civil, art. 58.2-58.3
¿Cuáles son las dos vías para tramitar el expediente — Registro Civil o notario?
Fuente: BOE — Ley 20/2011, art. 58.2 (dos vías del expediente matrimonial)
¿Ante qué Registro Civil o notario se tramita si vivimos en ciudades distintas?
Fuente: administracion.gob.es — Punto de Acceso General, sección Matrimonio
Una vez autorizado el matrimonio, ¿cuánto tiempo tenemos para celebrarlo?
Fuente: BOE — Ley 20/2011, art. 58.5
¿Qué es el certificado de capacidad matrimonial y cuánto dura?
¿Hay que apostillar y traducir los documentos extranjeros?
Fuente: Ministerio de Justicia — sede.mjusticia.gob.es, Apostilla de La Haya
¿Podemos casarnos en Madrid si ninguno de los dos tiene domicilio en España?
Fuente: administracion.gob.es — Punto de Acceso General, sección Matrimonio
Esta página ofrece información orientativa sobre los trámites para casarse en España; no es asesoramiento legal. Los procedimientos, plazos y requisitos pueden cambiar y varían según la nacionalidad, la comunidad autónoma y el caso concreto de cada pareja. Antes de tomar decisiones, comprobad la información directamente con la fuente oficial citada en cada respuesta y, si tenéis dudas sobre vuestro caso, consultad con un profesional (gestoría, notaría o el Registro Civil correspondiente).